Por Virginia Gómez Ballesteros 20 de noviembre de 2025
Nuevas obligaciones REACH y CLP que toda empresa química debe preparar para 2026 El sector químico se encuentra ante un 2026 cargado de novedades regulatorias, con mayores exigencias vinculadas a los Reglamentos REACH y CLP de la Unión Europea. La correcta elaboración y auditoría de Fichas de Datos de Seguridad (FDS), el cumplimiento de los requisitos de notificación toxicológica mediante el portal PCN y la traducción técnica de documentación se consolidan como pilares fundamentales para garantizar una comercialización segura y legal de productos químicos. A continuación, analizamos los aspectos más relevantes para estar preparados y evitar sanciones, retrasos o bloqueos en el mercado europeo. ¿Por qué 2026 será clave para el sector químico? La presión regulatoria continúa aumentando, y las autoridades europeas intensifican los controles sobre documentación, clasificación, etiquetado y notificación de mezclas peligrosas. Las empresas deben anticiparse, revisar procesos internos y asegurarse de que sus documentos cumplen con los requisitos más recientes. En este contexto, disponer de FDS actualizadas, notificaciones toxicológicas correctas y traducciones perfectamente ajustadas a la normativa se convierte en un elemento estratégico tanto para la seguridad como para la competitividad empresarial. Elaboración y Auditoría de Fichas de Datos de Seguridad (FDS) Las Fichas de Datos de Seguridad son documentos esenciales que proporcionan información técnica y legal sobre la composición, riesgos, manipulación, almacenamiento y medidas de emergencia aplicables a sustancias y mezclas químicas. ¿Por qué es crucial su correcta preparación? • Son obligatorias según REACH y CLP. • Deben reflejar de forma precisa la peligrosidad real del producto. • Un error puede derivar en sanciones económicas importantes. • Pueden originar la inmovilización del producto en el mercado. La auditoría periódica de las FDS permite detectar incongruencias, actualizar clasificaciones, ajustar límites de exposición y garantizar que cumplen con los formatos y anexos establecidos por la ECHA. Notificación Toxicológica PCN: Obligación Crítica para Mezclas Peligrosas La legislación europea exige que todas las mezclas clasificadas como peligrosas se notifiquen a través del Portal PCN (Poison Centre Notification) de la ECHA. Esta notificación proporciona a los centros de toxicología la información necesaria para una respuesta rápida en casos de emergencia. Aspectos clave de la notificación toxicológica: • Es obligatoria para todos los Estados miembros donde se comercializa la mezcla. • Requiere un UFI correctamente generado y vinculado al producto. • La información debe estar completa, estructurada y actualizada. • Un error en la composición declarada puede constituir un incumplimiento legal grave. A medida que se acercan nuevas exigencias europeas, contar con procedimientos sólidos de notificación y revisión es fundamental para evitar bloqueos de mercado. Traducción Técnica de FDS: Un Requisito Legal en la Comercialización Internacional La globalización del mercado químico obliga a que las FDS estén disponibles en el idioma del país donde se comercializa el producto. Esta traducción no es meramente lingüística: requiere precisión normativa, terminología técnica correcta y conocimiento actualizado del marco regulatorio local. Riesgos de una traducción incorrecta: • Mala interpretación de peligros y medidas de seguridad. • Rechazo documental por parte de autoridades nacionales. • Riesgos laborales derivados de instrucciones erróneas. • Problemas en auditorías e inspecciones. Contar con traductores especializados en normativa química garantiza coherencia, seguridad y cumplimiento efectivo en todos los mercados. Cómo Emeba Consulting ayuda a tu empresa a cumplir con la normativa En Emeba Consulting ofrecemos un servicio completo especializado en cumplimiento normativo químico, que incluye: • Elaboración y auditoría exhaustiva de FDS. • Gestión integral de notificaciones toxicológicas PCN y Reino Unido. Traducción técnica y multilingüe de FDS y documentación regulatoria. • Asesoramiento personalizado ante cambios legislativos. • Acompañamiento en la comercialización segura en toda la UE. Nuestro equipo altamente cualificado garantiza precisión, rapidez y seguridad en todos los procesos, permitiendo a tu empresa centrarse en la actividad comercial mientras asegura el cumplimiento normativo. 
Por Virginia Gómez Ballesteros 21 de febrero de 2025
En enero de 2025, la Comisión Europea implementó cambios significativos en los anexos VIII y IX del Reglamento REACH, que afectan directamente a las empresas del sector químico. Estas modificaciones buscan mejorar la seguridad en el uso de sustancias químicas y garantizar una mayor transparencia en la cadena de suministro. Los principales cambios incluyen la obligación de proporcionar información más detallada sobre las propiedades toxicológicas y ecotoxicológicas de las sustancias registradas, así como la necesidad de realizar evaluaciones de seguridad más exhaustivas para determinadas categorías de productos. Para las empresas, esto implica una revisión y posible actualización de sus expedientes de registro, asegurando que cumplen con los nuevos requisitos. Además, es fundamental mantenerse informado sobre las fechas límite establecidas para evitar posibles sanciones. En EMEBA Consulting, ofrecemos asesoramiento especializado para ayudarte a adaptarte a estos cambios normativos, garantizando el cumplimiento y minimizando el impacto en tus operaciones
Por Virginia Gómez Ballesteros 21 de junio de 2024
Desde enero del año 2021 todas las notificaciones toxicológicas de los productos químicos en los centros antivenenos correspondientes se deberán realizar a través del proceso armonizado PCN de la EHA. Hasta entonces, en casi todos los países, se realizaban a través de sus procesos locales. Este proceso consiste en la elaboración de una ficha toxicológica en el programa IUCLID 6 y su notificación a través del portal de la European Chemical Agency (ECHA) a los centros antivenenos de los países de la UE en que se vaya a comercializar el producto. En este proceso se asigna un código UFI a la mezcla , que debe figurar en la etiqueta del producto Cabe destacar que, aunque el proceso sea armonizado, hay algunos países que mantienen unas tasas de notificación o uso del servicio de emergencias local ( Italia, Hungría,Bélgica,Irlanda,Austria). Todas las notificaciones realizadas a través de los procesos locales, deberán hacerse por este proceso armonizado de la ECHA, con la asignación de un código UFI ( que se incluirá en las etiquetas) antes del 1 de enero de 2025. Es importante que las empresas hagan con tiempo la previsión del cambio al nuevo proceso de todas sus notificaciones por el proceso antiguo y tengan en cuenta el impacto en el etiquetado de sus productos con la inclusión obligatoria del código UFI
Por Virginia Gómez Ballesteros 21 de junio de 2024
El objetivo de la ficha de datos de seguridad (FDS) es informar al usuario profesional sobre el peligro que un determinado producto puede suponer para la salud, la seguridad y el medio ambiente. Esta información resulta esencial para analizar de forma efectiva los peligros asociados a un producto determinado y es básica para gestionar los riesgos derivados de la presencia de agentes químicos en los puestos de trabajo permitiendo: Evaluar los riesgos para la salud y seguridad de los trabajadores de forma precisa. Desarrollar un programa activo de medidas de protección de los trabajadores, incluida la formación, específica para cada lugar de trabajo. Tomar medidas apropiadas para el control y reducción del riesgo químico. Tener una referencia para la gestión de los productos químicos en el lugar de trabajo. Considerar las medidas que puedan ser necesarias para la protección del medio ambiente Aspectos a tener en cuenta: La elaboración de una ficha de datos de seguridad corresponde al fabricante o importador. El empresario tiene la obligación de solicitar estas fichas. Los trabajadores deben ser informados de su disponibilidad y de la ubicación de las mismas. Algunos de los datos de las FDS son sencillos y de interpretación inmediata, pero otros se refieren a conceptos que precisan un conocimiento previo para poder ser interpretados. Es por ello que además de poner las FDS a disposición de los trabajadores, estos deben ser informados de forma adecuada sobre las propiedades peligrosas de los agentes químicos a los que están expuestos. A veces puede ser necesaria una breve formación para que el personal con competencias en materia preventiva en la empresa, comprenda y sea capaz de interpretar algunas de las informaciones contenidas en las fichas de datos de seguridad. El mantenimiento del registro y actualización de las FDS conviene que se lleve a cabo de forma asociada a la gestión de los suministros en la empresa, para asegurar de este modo el mejor contacto con los proveedores.
Por Virginia Gómez Ballesteros 10 de abril de 2024
La publicación del Reglamento Delegado 707/2023 a finales de marzo introdujo en el CLP nuevas clases de peligro: los alteradores endocrinos, los PBT/mPmB y los PMT/mPmP. Es un paso que ha dado la unión europea, alejándose del Sistema Globalmente Armonizado (GHS). Las nuevas clases de peligro no corresponden a pictogramas de peligro ni a frases H. No obstante, la UE ya ha presentado a Naciones Unidas su petición para incluir estas nuevas clases de peligro en el GHS. Estas nuevas clasificaciones van a obligar a todos los fabricantes e importadores de sustancias revisar la información existente de las sustancias con los estudios requeridos para la clasificación según los nuevos criterios, a la actualización de expedientes de registro REACH y de notificaciones CHL, que conllevará en su caso actualización de etiquetas, fichas de datos de seguridad y notificaciones a los centros nacionales antivenenos (PCN). Los fabricantes de mezclas deberán realizar un seguimiento de las sustancias y mezclas en cuanto a las nuevas clases de peligro y actualizar etiquetas, FDS y PCN. Según el informe de la evaluación de impacto de la Comisión sobre la revisión del reglamento CLP, se espera un incremento de más del 30% en las clasificaciones y etiquetados armonizados. Dado que estas nuevas clases de peligro conllevan una dificultad intrínseca, se espera que la ECHA publique a lo largo del año 2024 guías de orientación para aplicar estos cambios. El reglamento prevé una aplicación obligatoria de los nuevos criterios considerando un plazo transitorio de 2 años para sustancias (mayo 2025) y 3 años para mezclas (mayo 2026), que se amplían a 3,5 años (noviembre 2026) para sustancias comercializadas hasta mayo 2025 y 5 años (mayo 2028) para mezclas comercializadas hasta mayo 2026.